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Permiso de trabajo

GUÍA DE VISA H-1B

USCIS ha actualizado su política de Términos de uso (TOU) para empleadores con cuentas de registro de límite H-1B del año fiscal 2021.

VISIÓN GENERAL

Para ser elegible para una visa H-1B, debe

1. Tener un título universitario mínimo de 4 años o equivalente;
2. Recibir el “salario vigente” o el “salario real”, el que sea más alto;
3. El trabajo debe requerir un título universitario mínimo de 4 años o equivalente.

Las visas H-1B están sujetas a un límite numérico de 65,000 por año fiscal. Además, 20,000 personas que obtienen títulos avanzados de universidades en los EE. UU. Tienen su propio límite H-1B. Se reservan hasta 6,800 visas H-1B para personas que son ciudadanos de Chile y Singapur.

Puede mantenerse al día con las últimas noticias sobre visas H-1B, los tiempos de espera en el Boletín de visas y otras noticias de inmigración suscribiéndose a nuestro Boletín de noticias por correo electrónico gratuito.

Una visa de trabajo es una visa de no inmigrante que le permite ingresar a los Estados Unidos y trabajar por un tiempo temporal.

Para calificar, debe tener una oferta de trabajo de un empleador estadounidense que esté dispuesto a patrocinarlo.

Si. Después de ingresar a los Estados Unidos, puede solicitar la residencia permanente (tarjeta verde).

Desplácese hacia abajo para ver los tipos de visas de trabajo en los Estados Unidos.

Excelente información para trabajar en Estados Unidos.

Trabajando en los Estados Unidos

Muchos extraterrestres quieren venir a trabajar a Estados Unidos. Esta página proporciona un resumen de las clasificaciones de visas de inmigrante y no inmigrante basadas en el empleo y otras categorías de extranjeros que son elegibles para la autorización de empleo. Cada clasificación proporciona un enlace a información más detallada sobre sus requisitos.

Una forma común de trabajar temporalmente en los Estados Unidos como no inmigrante es que un posible empleador presente una petición ante USCIS en su nombre. La página web Trabajadores temporales (no inmigrantes) describe las principales clasificaciones de trabajadores temporales no inmigrantes.

Si tiene la combinación correcta de habilidades, educación y / o experiencia laboral, es posible que pueda vivir y trabajar permanentemente en los Estados Unidos al buscar una visa de inmigrante basada en el empleo. La página web de Trabajadores Permanentes describe las cinco preferencias de visa de inmigrante basadas en el empleo (también llamadas categorías). Para obtener más información sobre cómo trabajar en los Estados Unidos, haga clic aquí.

 

Centro de datos del empleador H-1B

El programa H-1B permite a los empleadores en los Estados Unidos emplear temporalmente trabajadores extranjeros en ocupaciones que requieren la aplicación teórica y práctica de un cuerpo de conocimientos altamente especializados y una licenciatura o superior en la especialidad específica, o su equivalente.

El Centro de datos de empleadores H-1B incluye datos desde el año fiscal 2009 hasta el año fiscal 2019 sobre empleadores que han presentado solicitudes para emplear trabajadores no inmigrantes H-1B. Los datos se pueden consultar por año fiscal, nombre del empleador, ciudad, estado, código postal y código NAICS. El Centro de datos para empleadores H-1B tiene datos sobre las primeras decisiones que toma el USCIS sobre las solicitudes de empleo inicial y continuo. Identifica a los empleadores por los últimos cuatro dígitos de su identificación fiscal. Puede descargar datos anuales y específicos de consultas en formato .csv. Para obtener más información sobre los datos, visite la página Comprensión de nuestro centro de datos de empleadores H-1B.

Descargue los archivos completos de los años fiscales individuales en la página de archivos del centro de datos del empleador H-1B. Para más información haga clic aquí

 

Hoy, 21 de octubre de 1998, el presidente Clinton promulgó la Ley de Apropiaciones Ómnibus para el año fiscal 99 (H.R.4328). En este proyecto de ley integral, que incorpora los proyectos de ley de gastos de ocho agencias federales, hay varias disposiciones relacionadas con la inmigración, incluida la ley H-1B, Ayuda a Haití y una demora en la implementación de la Sección 110 de IIRAIRA. Varias de estas disposiciones entran en vigor una vez promulgadas. Resumimos los elementos clave a continuación. El texto completo de las secciones relevantes del proyecto de ley estará disponible en breve. Próximamente se publicarán avisos prácticos más detallados.

Fechas de vigencia de la factura H-1B

Las visas aumentadas están disponibles de inmediato.
Las nuevas atestaciones para los empleadores dependientes de H-1B y los infractores intencionales no son efectivas hasta que se publiquen las regulaciones finales.
La nueva tarifa de $ 500 no entrará en vigencia hasta el 1 de diciembre de 1998.
Las sanciones por “no presentarse a la banca”, la igualdad de beneficios y la prohibición de la salida son efectivas inmediatamente después de su promulgación. (Estas no son certificaciones, pero los empleadores deben cumplir con estos requisitos a partir de la fecha de promulgación, o podrían estar sujetos a sanciones si se investigan).
El nuevo esquema de sanciones es efectivo para las determinaciones definitivas emitidas en la fecha de promulgación o después.
La nueva solución de Hathaway para colegios, universidades e instituciones de investigación sin fines de lucro es efectiva para las solicitudes de certificación laboral permanente y LCA presentadas en o después de la fecha de promulgación. La nueva corrección de Hathaway también se aplica a las solicitudes que esperan una decisión final sobre una apelación salarial en la fecha de promulgación o después.

Hay muchos tipos de visas de trabajo disponibles para personas en el extranjero y en los EE. UU. Los tipos de visas de trabajo incluyen:

Visa J-1 para aprendices y visitantes de intercambio
Visa H-1B para trabajadores profesionales
Visa E-1 para trabajadores de comercio internacional
Visa E-2 para inversores y trabajadores esenciales
Visa E-3 para trabajadores profesionales australianos
Visa TN para trabajadores profesionales canadienses y mexicanos
Visa L-1A para gerentes, ejecutivos y ejecutivos de empresas multinacionales
Visa L-1B para trabajadores de empresas multinacionales con conocimientos especializados
Visa P-1 para animadores, atletas y artistas
Visa R-1 para trabajadores religiosos
Visas F-1 y M-1 (OPT) para estudiantes para estudiantes
Visa H-2A para trabajadores agrícolas
Visa H-2B para trabajadores temporales o estacionales
Visa para periodistas y reporteros
Visas O-1 para personas con habilidades extraordinarias en ciencias, artes, educación, negocios o atletismo
También hay otras visas disponibles si califica.

Si califica para alguna de las visas de trabajo anteriores, llámenos para hablar con un abogado de inmigración. Nuestros abogados de inmigración hablarán con usted y discutirán todas sus opciones disponibles. Después de su consulta, nuestros abogados de inmigración lo ayudarán a elegir la visa de trabajo adecuada para usted y lo guiarán a través de todo el proceso paso a paso de principio a fin.

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