Estado de ajuste
Estado de ajuste
Una persona que califica para ser residente permanente puede solicitar la obtención de una tarjeta verde sin salir de los EE. UU. Este procedimiento se llama ajuste de estatus (AOS). Cuando una persona solicita un ajuste de estatus, también solicita un permiso de trabajo (EAD) y, si es elegible, un permiso de viaje (“permiso anticipado”). Generalmente, un solicitante de ajuste de estatus debe haber ingresado legalmente a los EE. UU. Y nunca haber violado su estatus migratorio.


Para solicitar el ajuste de estatus
Debe enviar un formulario I-485 Solicitud para registrar la residencia permanente o ajustar el estado más las pruebas de respaldo y la tarifa de presentación correspondiente. Utilice el formulario I-765 para solicitar un permiso de trabajo de EAD y el formulario I-131 para solicitar un permiso de viaje de libertad condicional anticipada.
Hay algunas excepciones a la regla general para calificar para el ajuste de estatus.
La sección 245 (i) de la ley establece que ciertas personas con fechas de prioridad anteriores pueden pagar una multa y ajustar su estatus a pesar de ingresar a los EE. UU. Ilegalmente o violar o quedarse más tiempo que su estatus de no inmigrante.
La sección 245 (k) establece que si una persona está solicitando AOS de conformidad con una petición de visa de inmigrante basada en el empleo, es elegible para hacerlo siempre que haya ingresado legalmente a los EE. UU. Y no haya estado fuera de estatus durante más de 180 días desde su admisión más reciente.
Además, las personas que son parientes inmediatos (padres, cónyuges e hijos de ciudadanos estadounidenses) pueden ajustar su estado si ingresaron a los EE. UU. Legalmente, incluso si se quedaron más tiempo o trabajaron sin autorización sin tener que pagar una multa. Un hijo o hija ciudadano estadounidense debe tener 21 años de edad o más para patrocinar a sus padres para obtener tarjetas verdes.
VISIÓN DE CONJUNTO
Las leyes de inmigración de los EE. UU. Brindan una variedad de formas para que las personas soliciten una tarjeta verde. Los requisitos de elegibilidad para el ajuste de estatus pueden variar dependiendo de la categoría de inmigrante bajo la que esté solicitando. El primer paso en el proceso de ajuste de estatus es determinar si encaja en una categoría de inmigrante específica.
Vaya a nuestra página de Categorías de elegibilidad para la tarjeta verde para ver todas las categorías posibles en las que puede postularse. Una vez que encuentre su categoría de inmigrante, puede ir a la página específica que enumera los requisitos de elegibilidad.
El ajuste de estatus es el proceso que puede utilizar para solicitar el estatus de residente permanente legal (también conocido como solicitud de una tarjeta verde) cuando se encuentra en los Estados Unidos. Esto significa que puede obtener una tarjeta verde sin tener que regresar a su país de origen para completar el procesamiento de la visa.
Puede encontrar más información aquí.
En general, no puede presentar su Formulario I-485 hasta que haya una visa disponible en su categoría. Para obtener información sobre la disponibilidad de visas, consulte la página de Disponibilidad de visas y fechas de prioridad, las Tablas de presentación de ajuste de estatus y el sitio web del Departamento de Estado para ver el Boletín de visas.
Para conocer las excepciones al requisito de disponibilidad de visas, consulte su categoría de inmigrante específica para obtener más información.
La mayoría de las personas que solicitan una tarjeta verde deberán completar al menos dos formularios: una petición de inmigrante y una solicitud de tarjeta verde. Por lo general, alguien más debe presentar la petición por usted (a menudo denominado patrocinador o petición en su nombre), aunque en algunos casos usted puede ser elegible para hacerlo usted mismo. Estas son las formas más comunes:
Formulario I-130, Petición de familiar extranjero
Formulario I-140, Petición de inmigrante para trabajador extranjero
Formulario I-730, Petición de familiar refugiado / asilado
Formulario I-589, Solicitud de asilo y retención de deportación
Otras peticiones incluyen:
Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo (a) o Inmigrante Especial
Formulario I-526, Petición de inmigrante por empresario extranjero
Formulario I-918, Petición de estatus de no inmigrante U
Formulario I-929, Petición de familiar calificado de un no inmigrante U-1
La mayoría de las categorías requieren que usted tenga una petición de inmigrante aprobada antes de poder presentar un Formulario I-485, Solicitud de registro de residencia permanente o Ajuste de estatus. Sin embargo, algunas categorías pueden permitirle presentar su Formulario I-485 al mismo tiempo que se presenta la petición de inmigrante o mientras la petición de inmigrante está pendiente. Esto se denomina “presentación simultánea”. Para obtener más información sobre la presentación concurrente, consulte nuestra página Presentación concurrente o la página específica para su categoría de elegibilidad.
Algunas categorías no requieren una petición de inmigrante subyacente (por ejemplo, la Ley de Ajuste Cubano). Vaya a nuestra página de Categorías de elegibilidad para la tarjeta verde para determinar si se requiere o no una petición de inmigrante para cada categoría.