Exención Provisional Por Presencia Ilegal
Cuando un inmigrante rebasa la duración de su visado o entra ilegalmente en Estados Unidos, acumula días de presencia ilegal. Las consecuencias de la presencia ilegal dependen del número de días acumulados.
Si ha acumulado 180 días de presencia ilegal, puede enfrentarse a una prohibición de reingreso. Solicitar una exención provisional por presencia ilegal presentando el formulario I-601A puede ayudarle a renunciar a ella.
Una exención provisional por presencia ilegal es una solicitud al U.S.C.I.S. para que ignore temporalmente su presencia ilegal concediéndole una exención provisional. A continuación, puede ajustar su estatus migratorio a residente legal permanente basado en relaciones familiares, empleo o un visado de diversidad.
La exención provisional por presencia ilegal es sólo una de las muchas exenciones de inadmisibilidad disponibles. Si se enfrenta a la deportación por otros motivos de inadmisibilidad, un abogado puede aconsejarle sobre qué exención solicitar.
Póngase en contacto con Andrew T. Thomas, Attorneys at Law, si necesita ayuda con las exenciones provisionales o tiene preguntas sobre la ley de inmigración de EE.UU..
¿Qué Es Exactamente la Presencia Ilegal?
La presencia ilegal es uno de los motivos de inadmisibilidad en virtud de la ley de inmigración de EE.UU.. Los inmigrantes que entraron ilegalmente en EE.UU. y los que se han quedado después de la fecha de expiración de su visado acumulan días de presencia ilegal.
Normalmente, los inmigrantes acumulan presencia ilegal por:
- Cruzar ilegalmente la frontera estadounidense;
- Sobrepasar el período de estancia autorizado por el visado; o
- Entrar en Estados Unidos de forma fraudulenta (con un pasaporte o visado falsos, por ejemplo).
Los inmigrantes que abandonan Estados Unidos tras haber acumulado presencia ilegal no podrán regresar durante varios años. Dependiendo de su presencia ilegal acumulada, puede enfrentarse a una prohibición de reingreso de hasta diez años.
- Si acumula más de 180 días pero menos de un año, puede ser deportado y denegársele un futuro visado durante tres años.
- Si acumula un año o más de días de presencia ilegal, la prohibición pasa de tres a diez años.
Ambas prohibiciones pueden superarse con una exención provisional por presencia ilegal.
¿Qué Es la Exención Provisional I-601A?
El formulario I-601A es una solicitud de exención provisional que los inmigrantes en los Estados Unidos sin embargo pueden presentar para renunciar a las prohibiciones de su admisibilidad en los EE.UU. Sólo las prohibiciones que resultan de la presencia ilegal pueden ser renunciadas por la exención I-601A. Los solicitantes de la exención I-601A deben estar físicamente presentes en los EE.UU.
Desde el 29 de agosto de 2016, todos los familiares que reúnan los requisitos de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales y aquellos que reúnan los requisitos para obtener visados de inmigrante pueden solicitar una exención provisional a través del formulario I-601A. El solicitante tiene que demostrar que su salida e inadmisibilidad causaría dificultades extremas a su familiar ciudadano o residente permanente.
Requisitos Para Solicitar la Exención Provisional
Históricamente, el solicitante de la exención I-601 tenía que ser un familiar inmediato de un ciudadano estadounidense (es decir, padre, hijo o cónyuge) para ser elegible. El 29 de agosto de 2016, la exención se amplió para incluir a todos los solicitantes que sean familiares calificados de residentes permanentes legales y aquellos elegibles para una visa de inmigrante.
Un familiar que cumple los requisitos es el cónyuge o el padre de un residente permanente.
Otros requisitos de elegibilidad son los siguientes
- Tener al menos 17 años
- Tener un caso de visado de inmigrante pendiente
- Haber pagado la tasa de tramitación del visado de inmigrante
- Estar físicamente presente en EE.UU.
¿Por Qué Solicitar Una Exención Provisional I-601A?
Los solicitantes de visado que reúnan los requisitos y los familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales que reúnan los requisitos deben solicitar una exención de presencia ilegal 1-601A si han permanecido en EE.UU. de forma ilegal durante más de seis meses en una sola estancia.
Pongamos un ejemplo práctico:
- Usted entró ilegalmente en Estados Unidos.
- Se casó con un ciudadano estadounidense.
- Su cónyuge ciudadano presenta el formulario I-130, Petición para familiar extranjero, en su nombre para obtener la tarjeta verde.
- Usted ha acumulado 180 días de presencia ilegal y se enfrenta a una prohibición de reingreso de tres años.
En este caso, debe presentar el formulario I-601A para renunciar a la prohibición de admisión de tres años antes de que se inicie cualquier procedimiento de deportación contra usted. Si es deportado, ya no podrá solicitar esta exención. En su lugar, puede solicitar una exención de inadmisibilidad mediante el Formulario I-601.
Es importante tener en cuenta que seguirá estando obligado a salir de EE.UU. para acudir a su entrevista consular en el extranjero.
Si permanece en EE.UU. después de que se apruebe su exención, y aún no ha ajustado su estatus, seguirá acumulando presencia ilegal y aún puede enfrentarse a la deportación.
¿Cómo Presentar El Formulario I-601A de Solicitud de Exención Provisional?
Solicitar una exención por presencia ilegal es sencillo. Usted debe:
- Rellenar el formulario I-601A.
- Añadir los documentos justificativos necesarios.
- Pagar la tasa de servicio y biométrica.
- Enviar por correo su solicitud a la U.S.C.I.S. Chicago Lockbox.
Dependiendo de su situación, es posible que tenga que presentar documentos justificativos que expliquen por qué el U.S.C.I.S. debería concederle su solicitud. Por ejemplo, puede argumentar que su familiar ciudadano o residente permanente sufrirá dificultades extremas si no se le concede la exención I-601A.
Dificultades Extremas
Si está solicitando la exención provisional basándose en la alegación de dificultades extremas, sería conveniente que se informara sobre los casos que cumplen los requisitos.
Los siguientes casos pueden calificarse como dificultades extremas:
- Un familiar que reúne los requisitos está gravemente enfermo y usted le proporciona atención médica.
- El solicitante está proporcionando apoyo financiero crítico a su cónyuge ciudadano o residente legal permanente, padre o hijo. La denegación de su solicitud de exención obligaría al solicitante a dejar su trabajo y a dejar de proporcionar la ayuda económica necesaria.
- El país de origen del solicitante es peligroso y supone un peligro crítico para el solicitante y su familiar si se trasladan allí.
No existe una definición precisa de “dificultades extremas”, por lo que cada caso se evalúa en función de sus propios hechos. Puede consultar a un abogado de inmigración para comprobar si su caso reúne los requisitos.
Decisión Sobre la Exención Provisional Por Estancia Irregular
Aprobación
Una vez que el U.S.C.I.S. apruebe la solicitud de exención provisional, enviará su decisión al Centro Nacional de Visados (N.V.C.). El N.V.C. proporcionará al solicitante información sobre cómo proceder.
Normalmente, el solicitante debe salir de EE.UU. para iniciar el proceso de visado de inmigrante en el consulado o embajada de EE.UU. en su país de origen.
Denegación
Si el U.S.C.I.S. deniega su solicitud de exención provisional, puede presentar un nuevo formulario I-601A y pagar la tasa correspondiente, siempre que su caso de visado siga pendiente.
No es posible presentar un recurso ni solicitar una reconsideración.
¿Cuánto Dura El Proceso de Exención Provisional?
El tiempo de tramitación de la solicitud de exención I-601A depende de las circunstancias de cada caso, pero suele durar entre nueve y doce meses.
Andrew T. Thomas, Attorneys at Law Puede Ayudar
Los requisitos y las leyes que rigen las exenciones de inmigración son complejas, y puede ser difícil demostrar dificultades extremas.
Nuestros abogados en Andrew T. Thomas, Attorneys at Law están familiarizados con los matices de las exenciones de inadmisibilidad y cómo elegir, presentar y probarlos. Podemos ayudarle a obtener una exención de presencia ilegal y ayudarle en los siguientes pasos para ajustar su estatus.
Ofrecemos una gama completa de servicios de ciudadanía e inmigración. Contáctenos hoy para una consulta gratuita.