¿Cuándo Necesito Una Declaración Jurada de Apoyo?
El formulario I-864, también conocido como declaración jurada de apoyo, es comúnmente requerido durante la solicitud de la tarjeta verde para muchas categorías. Sin embargo, la mayoría de las personas no saben si necesitan presentarlo o no.
En una declaración jurada de apoyo, una persona se compromete a apoyar financieramente a un inmigrante que va a solicitar la residencia permanente o el ajuste de estatus en los Estados Unidos. Se encuentra en la Sección 213A de la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
El “patrocinador financiero” suele patrocinar la petición de visa del inmigrante. El gobierno exige el documento para que la persona no se convierta en una carga pública si no puede valerse por sí misma.
Por lo general, los inmigrantes por motivos familiares requieren que el peticionario rellene el formulario I-864. Algunos inmigrantes basados en el empleo también requieren que sus patrocinadores presenten una declaración jurada de apoyo. Existen requisitos financieros que el patrocinador debe cumplir para poder presentar el formulario. Además, hay excepciones al requisito de presentación.
¿Quién Debe Presentar El Formulario I-864?
Si usted pertenece a alguna de las siguientes categorías, está obligado a presentar una declaración jurada de apoyo:
- Familiares directos de ciudadanos estadounidenses: cónyuges, padres e hijos solteros menores de 21 años, por ejemplo, personas que solicitan el visa de inmigración conyugal IR1.
- Inmigrantes incluidos en las cuatro categorías de preferencia familiar.
- La primera categoría de preferencia comprende a los hijos adultos solteros de ciudadanos estadounidenses (mayores de 21 años).
- La segunda preferencia incluye a los cónyuges, hijos menores e hijos adultos solteros de residentes permanentes.
- Los familiares incluidos en la tercera preferencia son los hijos casados de ciudadanos estadounidenses, sus cónyuges e hijos menores de edad.
- Por último, la cuarta categoría de preferencia está formada por los hermanos de ciudadanos estadounidenses adultos, los cónyuges de los hermanos y los hijos menores de edad.
- Inmigrantes con preferencia basada en el empleo cuyo familiar residente permanente o ciudadano presentó su petición de visa de inmigrante.
- Inmigrantes por motivos laborales que tengan un familiar con una participación significativa (más del 5%) en la entidad que presentó su solicitud de visa.
Además de presentar la declaración jurada, el patrocinador debe presentar los documentos justificativos pertinentes que demuestren que cumple el requisito de ingresos. Esto incluye la declaración de la renta federal más reciente del patrocinador y una prueba de su empleo actual.
El patrocinador solicitante también puede presentar otros documentos financieros para demostrar su capacidad. Además, el patrocinador debe aportar pruebas de que tiene estatus legal en EE.UU., ya sea como ciudadano o como residente permanente.
Excepciones Al Requisito de Presentación
A pesar de pertenecer a los grupos enumerados anteriormente, algunas personas están exentas del requisito de presentar una declaración jurada de apoyo. Entre ellas se incluyen:
- Personas con hasta 40 trimestres de trabajo cualificados en los EE.UU., es decir, personas que han pasado unos diez años trabajando en los Estados Unidos.
- Inmigrantes autopeticionarios con un Formulario I-360, Petition for Amerasian, Widow(er), or Special Immigrant, aprobado, como viudo o viuda o como cónyuge o hijo maltratado.
- Huérfanos adoptados por ciudadanos estadounidenses en el extranjero. Los padres ciudadanos deben haber completado formalmente el proceso de adopción antes de que el huérfano adquiera la residencia permanente, y ambos padres deben haber visto al niño antes o durante la adopción.
¿Cuándo Presentar la Declaración Jurada de Apoyo?
En el caso de los inmigrantes que solicitan el visa por vía consular, su patrocinador debe cumplimentar el formulario I-864 cuando se les haya programado una entrevista para la visa. Entonces, pueden notarizar la declaración jurada y enviarla junto con los documentos de apoyo en un paquete al candidato a visa. Sin embargo, los candidatos a visas K no necesitan presentar una declaración jurada de apoyo hasta que su prometido, cónyuge o hijo ajuste su estatus después de entrar en EE.UU.
Mientras tanto, para los candidatos al ajuste de estatus, el patrocinador debe rellenar el formulario cuando el candidato esté a punto de solicitar el ajuste de estatus ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). El patrocinador debe notarizar la declaración jurada y entregársela al candidato a inmigrante junto con otros documentos necesarios para que puedan presentarlos juntos.
El patrocinador puede recibir instrucciones específicas para presentar la declaración jurada de apoyo directamente ante el Centro Nacional de Visas. En ese caso, deberá seguir las instrucciones.
Requisitos de Ingresos
Aparte de ser residentes legales en los EE.UU. y mayores de 18 años, todos los pretendientes a patrocinadores deben tener unos ingresos iguales o superiores al 125% del nivel de pobreza del Departamento de Salud y Servicios Humanos (H.H.S.) para el tamaño de su unidad familiar.
Existe un umbral económico fijado como nivel de pobreza para una familia de dos miembros. A continuación, por cada miembro adicional de la familia, el umbral aumenta en una cantidad fija. Para conocer el requisito de ingresos mínimos en función del tamaño de su familia, puede consultar la página web de la Oficina de Asuntos Consulares.
Si está en servicio activo en las Fuerzas Armadas de EE.UU. y presenta una solicitud para su esposa o hijo, sus ingresos sólo tienen que ser iguales al 100% del nivel de pobreza para el tamaño de su familia.
¿Cuando Un Patrocinador No Puede Cumplir Los Requisitos de Apoyo Financiero?
Dependiendo de las circunstancias, se puede sortear esta situación uniendo los ingresos de otros miembros del hogar, consiguiendo un patrocinador conjunto o calculando su capacidad financiera en función de sus activos.
Para la primera opción, el otro miembro del hogar debe rellenar el formulario I-864A, Contrato entre el patrocinador y el miembro del hogar. El miembro del hogar debe figurar como dependiente en la declaración de la renta más reciente del patrocinador o haber vivido con él durante los últimos seis meses. El inmigrante patrocinado puede añadir sus ingresos y bienes si cumple estos criterios. Sin embargo, no necesitan rellenar el formulario I-864A.
En el caso de un patrocinador conjunto, pueden no estar relacionados con el solicitante de visa. Deben cumplir el requisito de ingresos de forma independiente sin combinar sus ingresos con los del patrocinador solicitante.
Por último, el patrocinador solicitante puede añadir el valor en efectivo de sus bienes para complementar sus ingresos. El valor en efectivo de los bienes tiene que ser cinco veces la diferencia entre los ingresos del hogar y los requisitos de ingresos mínimos.
¿Cuándo Finaliza la Responsabilidad Del Patrocinio?
El apadrinamiento suele terminar
- Cuando el inmigrante apadrinado ha trabajado en EE.UU. durante diez años o adquiere la nacionalidad.
- Si el inmigrante patrocinado abandona los EE.UU. y deja de ser residente permanente
- Si fallece el patrocinador o la persona patrocinada
Tenga en cuenta que el divorcio no pone fin a la obligación de patrocinio.
¿Cómo Puede Ayudar Un Abogado?
Si usted necesita presentar una declaración jurada de apoyo, un abogado de inmigración de Andrew T. Thomas, Attorneys at Law, puede servir como su guía para los procedimientos de USCIS. Usted puede confiar en nosotros para ayudarle a preparar y presentar correctamente sus documentos. Un abogado de inmigración experto también puede aconsejarle si usted no cumple con los requisitos de ingresos financieros.
Nuestros abogados pueden ayudarle a completar una declaración jurada de apoyo o a renovar su tarjeta verde. Podemos discutir su asunto en una consulta gratuita. Llámenos hoy mismo.