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Cuando se trata de inmigración familiar, una de las principales preocupaciones del gobierno estadounidense es si el inmigrante tendrá suficiente dinero para vivir en el país por su cuenta sin ayuda del gobierno.
El patrocinio conjunto es una forma de garantizar que el inmigrante tendrá suficiente apoyo financiero para vivir en EE.UU. Sin embargo, el proceso puede ser abrumador y complejo. Un patrocinador conjunto debe cumplir el requisito de ingresos mínimos y tener al menos 18 años. Los patrocinadores conjuntos también deben presentar documentos que demuestren que cumplen el requisito de ingresos y que son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales.
Si busca más información sobre el apadrinamiento en inmigración, ha llegado al lugar adecuado. Conocer los aspectos legales del copatrocinio puede ayudarle a ahorrar tiempo y evitar cualquier complicación legal.
Comprenda el copatrocinio, sus criterios y el proceso de solicitud en este artículo. Andrew T. Thomas, Attorneys at Law, está aquí para proporcionar apoyo y orientación legal fiable.
Un patrocinador conjunto, a veces denominado copatrocinador, es un ciudadano o residente permanente en Estados Unidos que acepta la responsabilidad conjunta de proporcionar apoyo financiero o apadrinar a un familiar para obtener la tarjeta verde si los ingresos del patrocinador principal son insuficientes.
Cuando un residente permanente o un ciudadano presenta el Formulario I-130, Petición para familiar extranjero, ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) para patrocinar a un familiar elegible para la residencia permanente, también debe presentar el Formulario I-864, Declaración jurada de apoyo. Este documento muestra los recursos financieros necesarios para mantener al inmigrante. Sin embargo, hay casos en los que el patrocinador principal no puede reunir los recursos financieros requeridos o los ingresos anuales mínimos.
Una solución común a este problema es el copatrocinio. Suele implicar que el patrocinador principal localice a un pariente, amigo u otra parte interesada que sea ciudadano estadounidense o residente permanente dispuesto y capaz de proporcionar el apoyo financiero adecuado al inmigrante patrocinado.
Junto con el patrocinador principal, un copatrocinador debe cumplir requisitos específicos y presentar el formulario I-864 al USCIS. El copatrocinador tiene la misma obligación legal y financiera de apoyar al inmigrante patrocinado.
He aquí algunos casos en los que es necesario un copatrocinador.
La falta de fondos suficientes puede hacer que la petición sea denegada cuando se trata de patrocinar a un familiar para obtener la Tarjeta Verde; sin embargo, si el inmigrante es copatrocinado, la petición puede ser aprobada ya que ambos patrocinadores han acordado apoyar económicamente los gastos de manutención del nuevo inmigrante. Ahora comparten la responsabilidad de garantizar que se cubran las necesidades vitales del inmigrante.
El inmigrante debe demostrar que cuenta con un apoyo financiero adecuado en Estados Unidos. Los ingresos del co-patrocinador deben ser al menos el 125% de los umbrales federales de pobreza.
Un inmigrante no puede tener más de dos patrocinadores conjuntos. Un segundo co-patrocinador elegible puede patrocinar a los miembros restantes de la familia si el primer co-patrocinador sólo completa el Formulario I-864 para una parte de la familia del inmigrante.
El co-patrocinador puede utilizar los ingresos y bienes de los miembros de su unidad familiar, como padres, hermanos o hijos adultos. Los familiares deben residir en el domicilio del co-patrocinador para ser considerados miembros de la unidad familiar. Deben haber vivido con el co-patrocinador durante los últimos seis meses o figurar como dependientes en la declaración de la renta federal más reciente del co-patrocinador.
Cada miembro del hogar y dependiente debe rellenar el Formulario I-864A, Contrato entre el patrocinador y el miembro del hogar, que se adjuntará al Formulario I-864 del patrocinador conjunto.
Entre las obligaciones del co-patrocinador de la Tarjeta Verde figuran las siguientes:
Un familiar, amigo u otra tercera persona puede actuar como copatrocinador del inmigrante si:
Cumplir todos los demás requisitos para copatrocinar a un inmigrante
Ser ciudadano estadounidense o tener la condición de residente permanente, y
Tener al menos dieciocho años
Los requisitos económicos para ser co-patrocinador en función del número de miembros de la unidad familiar son:
Una renta anual mínima de 21.775 $ para un hogar unipersonal
Una renta anual mínima de 24.650 $ para un hogar de 2 personas
Una renta anual mínima de 31.075 $ para un hogar de 3 personas
Una renta anual mínima de 37.500 $ para un hogar de 4 personas
Una renta anual mínima de 43.925 $ para un hogar de 5 personas
Una renta anual mínima de 50.350 $ para un hogar de 6 personas
Una renta anual mínima de 56.775 $ para un hogar de 7 personas
Una renta anual mínima de 63.200 $ para un hogar de 8 personas
Los abogados expertos en inmigración de Andrew T. Thomas, Attorney at Law, podrían ayudarle a determinar su elegibilidad como patrocinador conjunto y guiarle a través del proceso de solicitud.
Además de cumplir los requisitos de ingresos mínimos, un copatrocinador financiero debe cumplir y presentar lo siguiente:
Prueba de ciudadanía estadounidense o estatuto de inmigrante
Declaración de la renta federal más reciente o transcripción de la declaración de la renta del IRS.
Formularios W-2, 1099 y K-1
Formulario I-864, Declaración jurada de manutención
Prueba de empleo, si trabaja
Nóminas recientes del co-patrocinador, si trabaja por cuenta ajena
Los documentos y formularios cumplimentados deben enviarse al Centro Nacional de Visados para su revisión.
Estos son algunos de los errores más comunes que se cometen al rellenar el formulario I-864:
Contrate a un abogado de inmigración para evitar errores costosos durante el proceso de solicitud de patrocinio conjunto.
Una Declaración Jurada de Apoyo firmada reconoce el apoyo financiero a un miembro de la familia que solicita una tarjeta verde. Es un compromiso legal y un contrato vinculante entre el gobierno de EE.UU. y el patrocinador financiero.
Otorga al gobierno el derecho a recuperar del patrocinador prestaciones sociales públicas, como la renta complementaria de seguridad y la asistencia temporal para familias necesitadas.
La obligación del copatrocinador sólo finaliza en los siguientes supuestos:
El inmigrante apadrinado se convierte en ciudadano estadounidense
El inmigrante apadrinado ha trabajado en EE.UU. durante diez años.
El inmigrante apadrinado ha abandonado su residencia permanente.
El inmigrante apadrinado fallece.
Fallece el co-promotor.
En caso de que no se cumplan las responsabilidades del copatrocinador, podría ocurrir lo siguiente:
El inmigrante puede demandar al co-patrocinador si no cumple con su responsabilidad financiera.
El co-patrocinador podría ser demandado por el organismo gubernamental federal o local que pagó las prestaciones al inmigrante.
El co-promotor podría ser multado si no notifica su cambio de domicilio.
Tenga en cuenta que incluso si el patrocinador retira el apoyo financiero, el estatus migratorio del inmigrante no se verá afectado.
A veces, el camino para cumplir el sueño de emigrar a Estados Unidos requiere más que el trabajo del solicitante. La idea del copatrocinio, que implica un compromiso financiero conjunto, puede ser extremadamente útil para ayudar a los solicitantes a cumplir las estrictas normas financieras establecidas por las autoridades de inmigración. Un copatrocinador financiero puede ayudar al patrocinador principal a cumplir los requisitos financieros y de ingresos necesarios para mantener al futuro titular de la tarjeta verde.
La representación legal y la orientación pueden ayudar a evitar errores costosos durante la solicitud de inmigración. En Andrew T. Thomas, Attorneys at Law, ayudamos a los clientes con diversas preocupaciones de inmigración, tales como peticiones basadas en la familia y el ajuste de estatus.
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