Patrocinio De Familiares Para La Entrada En EE.UU.
¿Quiere traer a un cónyuge o familiar a EE.UU.? Si es usted ciudadano estadounidense o titular de una tarjeta verde, puede hacerlo. Según la Ley Nacional de Inmigración (INA), los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes legales (LPR) pueden patrocinar a sus familiares extranjeros para que obtengan la tarjeta verde. Los titulares de la tarjeta verde pueden vivir y trabajar legalmente en EE.UU. de forma permanente.
Sin embargo, patrocinar a un familiar depende de los siguientes factores:
Su condición de ciudadano estadounidense o titular de la tarjeta verde
El tipo de visa que puede obtener su familiar
Si su familiar está en EE.UU. o en el extranjero
El número de visas y los tiempos de espera para cada tipo
A continuación encontrará todo lo que necesita saber sobre cómo patrocinar a sus familiares para que obtengan la tarjeta verde.
¿Cómo Patrocinar A Un Familiar Para Que Se Convierta En Residente Permanente?
El primer paso para apadrinar a un familiar es presentar el formulario I-130, Petición para familiar extranjero, ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Este formulario se utiliza para establecer la relación entre usted y la persona a la que patrocina. Debe presentar un formulario por cada persona a la que desee apadrinar.
También tiene que demostrar que tiene suficiente dinero o activos para mantenerlos presentando el formulario I-864, Declaración jurada de apoyo en virtud de la Sección 213A de la INA.
Cuando se apruebe su petición I-130, su familiar deberá solicitar una visa en su consulado o embajada local de EE.UU. o ajustar su estatus.
¿Quién Puede Optar Al Apadrinamiento Familiar?
El patrocinio familiar es una vía de inmigración popular disponible sólo para familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales. Sin embargo, no todos los miembros de la familia pueden ser patrocinados para una tarjeta verde, y esto depende de su relación familiar y el tipo de visa que pueden obtener.
Hay dos tipos de visas de inmigrante basados en la familia:
- Visas para familiares directos
Las visas para familiares inmediatos son para parientes cercanos o inmediatos de ciudadanos estadounidenses. Entre ellos se incluyen:
Cónyuges
Hijos adultos solteros
Padres de un ciudadano estadounidense mayor de 21 años.
No hay límite en el número de visas para familiares directos que se conceden cada año.
Visas De Preferencia Familiar
Las visas de preferencia familiar se conceden a otros familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales.
Si usted es ciudadano estadounidense, puede patrocinar a sus hijos casados, hermanos y primos para una visa de preferencia familiar.
Si es residente legal permanente, puede patrocinar a su cónyuge y a sus hijos solteros menores de 21 años.
Hay un límite en el número de visas de preferencia familiar que se conceden cada año. Esto significa que su familiar puede tener que esperar mucho tiempo para obtener una visa si se encuentra en una de estas categorías de preferencia. El tiempo de espera depende de su fecha de prioridad y del número de visas disponibles para cada categoría y país.
¿Hay Alguna Diferencia Entre Patrocinar A Un Familiar Dentro De EE.UU. O En El Extranjero?
El proceso para patrocinar a un familiar es diferente dependiendo de dónde se encuentre en el momento de presentar la petición I-130. Estos son los pasos que debe seguir en cada situación.
Familiares en EE.UU.
Si su familiar se encuentra en EE.UU. con una visa de no inmigrante, puede obtener la tarjeta verde solicitando un cambio de estatus sin salir del país.
Tenga en cuenta, sin embargo, que esto sólo está disponible para aquellos con estatus legal. Si su familiar llegó a EE.UU. ilegalmente o se quedó más tiempo del permitido por su visa, es posible que no pueda ajustar su estatus.
Después de que usted presente el Formulario I-130 en su nombre, ellos pueden solicitar el ajuste de estatus presentando el Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar el Estatus. Sin embargo, también pueden presentar el Formulario-485 simultáneamente con su Formulario I-130.
Usted debe presentar todos los documentos de apoyo solicitados por el USCIS y seguir sus instrucciones de presentación. Trabajar con un abogado de inmigración con experiencia puede ayudarle a evitar cualquier error que pueda retrasar su caso o causar una denegación.
Familiares Fuera De EE.UU.
Si su familiar está fuera de EE.UU., tiene que pasar por un trámite consular. Esto significa que tiene que solicitar una visa de inmigrante en una embajada o consulado de EE.UU. en su país de origen. Después de que el USCIS apruebe su petición, ésta se enviará al Centro Nacional de Visas (NVC), que le notificará a usted y a su familiar (el beneficiario de la petición I-130) cuándo hay una visa disponible. También les notificará cuándo deben pagar las tasas de tramitación de visa y enviar los documentos requeridos.
Una vez que la visa está disponible (sólo en el caso de las visas de preferencia familiar), se programa una cita para la entrevista de su familiar en la embajada o consulado. Deberán
Asistir a la entrevista
Llevar su pasaporte y otros documentos que demuestren que cumple los requisitos para obtener un visa
Someterse a un reconocimiento médico
Si se aprueba su visa, recibirán un paquete de visa, que deberán mostrar en el puerto de entrada a EE.UU.
¿Cómo Comprobar La Fecha De Prioridad Y La Disponibilidad De Visa Para Un Familiar?
Su fecha de prioridad es la fecha en que el USCIS recibió su petición para su familiar. Esta fecha indica el lugar que ocupa su familiar en la cola para obtener una visa. La encontrará en el acuse de recibo (formulario I-797) que el USCIS le envió cuando aprobó su petición.
La disponibilidad de la visa es el momento en que su familiar puede solicitar una visa o una tarjeta verde. La disponibilidad de la visa depende de lo siguiente
El tipo de visa
El país de origen
La demanda de visas
El Departamento de Estado publica mensualmente un Boletín de Visas que muestra la disponibilidad de visas para cada categoría y país. Para comprobar la fecha de prioridad y la disponibilidad de visas para su familiar, debe:
Buscar la categoría de preferencia y el país de origen de su familiar
Abrir el Boletín de visas y buscar el cuadro de “Fechas de acción final para casos de preferencia patrocinados por familiares”.
Compare la fecha de prioridad de su familiar con la fecha del cuadro correspondiente a su categoría y país.
Si la fecha de prioridad de su familiar es anterior o coincide con la fecha del cuadro, entonces su visa está disponible. Por lo general, el NVC le avisará cuando se acerque la fecha de disponibilidad.
¿Aún tiene preguntas? Nuestras preguntas frecuentes sobre tarjetas verdes pueden tener una respuesta.
¿Cómo Puede Un Abogado Ayudarme A Patrocinar A Un Familiar?
Un abogado de inmigración puede ayudarle de las siguientes maneras:
Encontrar el mejor tipo de visa y plan para su familiar
Llenar y enviar sus peticiones basadas en la familia a USCIS
Obtener y enviar las pruebas y documentos que necesite
Representarle ante el USCIS
Prepararle a usted y a su familiar para la entrevista
Resolver cualquier problema que pueda surgir.
Apelar o pedir una exención si su petición o solicitud es denegada.
Andrew T. Thomas, Attorneys At Law, Puede Ayudar
Tome el primer paso para patrocinar con éxito la entrada de su familiar con Andrew T. Thomas, Attorneys at Law. Nuestro equipo ofrece asistencia profesional y confidencial, asegurando que usted reciba asesoramiento legal de inmigración con experiencia y apoyo adaptado a sus necesidades en Estados Unidos.
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