Reserve su Consulta Ahora
Reserve su Consulta Ahora
Orgullosamente sirviendo Dallas & Houston.
¿Dirige una empresa en el extranjero y quiere expandir su negocio a Estados Unidos (EE.UU.)? ¿Es usted un ejecutivo o directivo que desea trasladarse de una empresa extranjera a una filial o matriz estadounidense? La visa L-1 puede ser su mejor vía. En Andrew T. Thomas, Attorneys at Law, nuestros abogados especializados en visas L-1 pueden ayudarle a navegar por el proceso de la visa L-1. Siga leyendo para obtener más información sobre la visa L-1 y cómo nuestro bufete de abogados puede ayudarle.
La visa L-1 es una categoría de no inmigrante que permite a las empresas multinacionales trasladar temporalmente empleados de una oficina extranjera relacionada a una base estadounidense. Para poder optar a la visa L1, la empresa solicitante debe cumplir ciertos requisitos, entre ellos:
La empresa con sede en el extranjero debe tener una relación cualificada con la entidad estadounidense.
El empleado extranjero debe haber trabajado ininterrumpidamente durante al menos un año para la empresa matriz extranjera en los tres años anteriores a la petición en calidad de ejecutivo o directivo.
El empleado extranjero tiene intención de venir a EE.UU. a trabajar para el mismo empleador en un puesto ejecutivo, directivo o de conocimientos especializados.
Las visas L-1 se dividen en dos categorías distintas. La clasificación L-1A autoriza el traslado de un ejecutivo o directivo de una oficina afín extranjera a una sucursal estadounidense. La visa L-1B permite el traslado de un empleado con conocimientos especializados de una oficina afín a una base estadounidense. Ambas clasificaciones permiten a las empresas extranjeras sin oficinas relacionadas en EE.UU. enviar a un ejecutivo, directivo o empleado con conocimientos especializados a EE.UU. para establecer una nueva oficina. Sin embargo, como empleador, debe demostrar que:
Ha conseguido un local físico adecuado para la nueva oficina.
El trabajador ha estado empleado durante un año ininterrumpido dentro de los tres años anteriores a l presentación de la petición de no inmigrante
La nueva oficina en EE.UU. apoyará un puesto ejecutivo o directivo en el plazo de un año tras la aprobación de la petición
Tiene capacidad financiera para pagar a sus empleados y empezar a hacer negocios en EE.UU.
Para iniciar el proceso de solicitud como empleador, debe cumplimentar y presentar el formulario I-129 (Petición para un trabajador no inmigrante) ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS). Otra forma es presentar una petición general de visa L1. Las peticiones globales permiten a los empresarios trasladar rápidamente a empleados extranjeros que reúnan los requisitos a oficinas de EE.UU. sin tener que presentar una petición individual ante el USCIS.
Para poder optar a una petición general, debe cumplir los siguientes requisitos:
Usted y la organización beneficiaria realizan intercambios comerciales
Tiene una oficina en EE.UU. que ha desarrollado su actividad durante un año o más
Tiene tres o más sucursales, filiales y subsidiarias nacionales y extranjeras
Tiene una filial o subsidiaria en EE.UU. con unas ventas anuales totales de 25 millones de dólares, una plantilla en EE.UU. de al menos mil empleados o ha recibido diez aprobaciones L-1 en los doce meses anteriores.
La visa L-1 concede a los empleados elegibles una estancia máxima de tres años. Sin embargo, la estancia máxima es de un año si el empleado es trasladado para comenzar una nueva oficina. Los empleados con visa L-1 pueden solicitar una prórroga de su estancia en incrementos de dos años más. No obstante, los titulares de la visa L-1A sólo pueden prorrogar su visa un máximo de siete años, mientras que el límite máximo es de cinco años para los titulares de la visa L-1B.
Las visas L-1 son visas de doble intención que permiten a los empleados cualificados solicitar la residencia permanente durante su estancia en los EE.UU. Si usted trabaja como gerente o ejecutivo en América bajo la visa L-1, también puede ser elegible para la tarjeta verde EB-1 de ejecutivo o gerente multinacional. Un abogado de inmigración con experiencia de Andrew T. Thomas, Attorneys at Law, puede ayudarle a preparar y presentar su solicitud de tarjeta verde EB-1.
Andrew T. Thomas, abogados de visa L1 desempeñan un papel crucial en la prestación de apoyo y orientación para su solicitud de visa L-1. Estamos familiarizados con las complejidades legales que conllevan las solicitudes de inmigración y podemos hacer que el proceso sea más fluido. No sólo manejamos estas complejidades legales, sino que podemos ayudarle a entenderlas mejor para que pueda navegar por el proceso sin problemas. Entre otras cosas, nuestro abogado de inmigración:
Responder a todas sus preguntas sobre la visa L1
Ayudarle a reunir todos los documentos necesarios para presentar su solicitud
Asistirle en la renovación o prórroga de su visa L-1
Guiarle en el proceso de solicitud de la visa L-1
Ayudarle a usted y a sus dependientes a mantener los beneficios de su visa L-1
Ayudarle a desenvolverse en la compleja normativa de inmigración
Supervise todo el proceso de solicitud de principio a fin
Trabajar con usted para garantizar que cumple todos los requisitos de la visa L1.
Los términos y condiciones para optar a la visa L-1 pueden ser complicados. Por lo tanto, es aconsejable consultar con un abogado experto en visas L-1 para asegurarse de que sus solicitudes se completan correctamente. Andrew T. Thomas, Attorneys at Law, ha ayudado con éxito a muchos clientes con sus necesidades de inmigración; ¡también podemos ayudarle a usted! Todo lo que tiene que hacer es programar una consulta gratuita con nosotros hoy mismo y hablar con uno de los miembros de nuestro cualificado equipo legal. No dude en ponerse en contacto con nosotros hoy para obtener un resumen de lo que puede esperar durante el proceso de visa L y cómo puede estar mejor preparado.
Puede apadrinar a un familiar (cónyuge o hijos menores de veintiún años) solicitando la admisión en su nombre mediante la visa de no inmigrante L-2. Si el USCIS aprueba su solicitud, se le concederá el mismo periodo de estancia que a usted. Si el USCIS aprueba su solicitud, se les concederá el mismo periodo de estancia que a usted. Su cónyuge puede trabajar para cualquier empleador estadounidense sin necesidad de solicitar un documento de autorización de empleo. Además, tus hijos pueden estudiar en un colegio o universidad de EE.UU. con su visa L-2.